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El Ministerio le pone freno a los abusos en colegios: estudiantes quedan protegidos por la ley

El Ministerio de Educación Nacional de Colombia emitió una circular con disposiciones claras sobre las obligaciones que tienen las instituciones educativas frente a sus estudiantes, reafirmando que las normas internas de los colegios no pueden contravenir los derechos fundamentales protegidos por la Constitución y la ley.



Foto: MIN Eduación
Foto: MIN Eduación

Contexto: el marco legal que protege a estudiantes y familias


El punto de partida de la discusión es la Ley 115 de 1994, la Ley General de Educación, que define la educación como un proceso de formación permanente, personal, cultural y social, basado en la dignidad y los derechos de los estudiantes.



Esta ley no solo establece el rol educativo de los colegios, sino que también determina que el Ministerio de Educación es la autoridad encargada de garantizar que estas normas se cumplan y que ninguna institución educativa puede establecer reglas que vulneren derechos fundamentales.


Prohibición específica: materiales educativos


Imagen: Instagram @Mineducacioncol
Imagen: Instagram @Mineducacioncol

Un punto central de la circular del Ministerio es que:


Los colegios no pueden apropiarse de los materiales educativos de los estudiantes. Eso significa que todos los útiles de clase, textos, cuadernos y materiales personales deben permanecer bajo la administración del estudiante o de sus padres o acudientes, y no pueden ser retenidos por la institución durante todo el año.


  • Las listas de útiles deben entregarse a los padres o acudientes en el momento de la matrícula, con claridad y sin exigir compras obligatorias en establecimientos asociados al colegio.


  • Los textos escolares deben mantenerse por al menos tres años antes de cambiarse, salvo que exista justificación pedagógica.


  • Los colegios no pueden exigir más de un uniforme de uso cotidiano y uno de educación física, y la falta de éstos por razones económicas no puede impedir que un alumno ingrese a clases.


Estas normas buscan evitar que las familias afronten cargas económicas excesivas o que se impongan barreras indirectas al derecho a la educación.


Foto: MIN Educación
Foto: MIN Educación

Derecho irrenunciable: acceso a la educación sin discriminación


La política del Ministerio coincide con otros pronunciamientos oficiales y jurídicos que protegen el derecho de acceso de todos los estudiantes a la educación, sin importar si cumplen con normas internas que no sean constitucionales o legales. Por ejemplo:


  • No se puede negar la entrada a clases a un estudiante por no portar uniforme, especialmente si la razón es económica o si la exigencia supera lo razonable para garantizar el derecho a la educación.


  •  Los manuales de convivencia no pueden prevalecer sobre derechos básicos como la dignidad, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la educación. Esto incluye la prohibición de sancionar a estudiantes por su apariencia física (pelo largo, piercings, color de uñas) cuando esas reglas no se basan en razones pedagógicas legítimas.


 Consecuencias legales para los colegios


El incumplimiento de estas disposiciones puede acarrear sanciones administrativas que van desde multas significativas hasta la intervención de las autoridades educativas.


Además, cuando se vulneran derechos fundamentales, las familias pueden interponer acciones de tutela, el mecanismo constitucional que protege de manera inmediata los derechos fundamentales de estudiantes y padres.


¿Qué deben saber padres y estudiantes?


  1. Los colegios tienen obligaciones claras que no son opcionales: deben acatar la Ley de Educación, las normas constitucionales y las directrices del Ministerio.


  2. Si una regla interna afecta un derecho fundamental, no tiene validez legal y puede ser impugnada.


  3. Padres y estudiantes tienen herramientas legales para defender sus derechos, incluyendo la acción de tutela y la queja ante las secretarías de educación locales.


¿Qué significa esto para el año académico 2026?


Con el inicio del año escolar 2026 en el horizonte, los colegios deben actualizar sus prácticas y reglamentos para garantizar el cumplimiento de estas obligaciones legales. Esto incluye desde la forma en que gestionan los materiales educativos hasta cómo interpretan y aplican los manuales de convivencia.



Más allá de una simple circular administrativa, esta decisión del Ministerio de Educación representa un avance significativo en la protección del derecho a la educación en Colombia, poniendo énfasis en que:


  • Los derechos de los estudiantes no pueden ser anulados por normas internas de los colegios.


  • Las instituciones educativas tienen obligaciones claras y sancionables.


  • Las familias ahora cuentan con herramientas legales y respaldo institucional para exigir el cumplimiento de sus derechos.




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