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Consejo de Estado ordena medidas tras suspender temporalmente el salario mínimo en Colombia

El Consejo de Estado de Colombia tomó una decisión inédita que ha generado debate en todo el país: ordenó la suspensión provisional del decreto que fijó el aumento del salario mínimo para 2026, y emitió una serie de mandatos que el Gobierno debe cumplir mientras se decide de fondo el caso.



La medida cautelar fue adoptada este 13 de febrero de 2026 y afecta el Decreto 1469 de 2025, mediante el cual el Gobierno había establecido un incremento de salario mínimo del 23,7 % para este año. El tribunal consideró que el acto administrativo requiere mejores fundamentos técnicos y constitucionales, especialmente en la forma de cuantificar factores como la inflación y la productividad laboral.


 ¿Qué implica esta decisión?


Aunque la determinación suspende provisionalmente los efectos del decreto, no es una anulación definitiva del aumento. El Consejo de Estado le ordenó al Gobierno Nacional que, dentro de ocho días calendario, expida un nuevo decreto transitorio que ajuste el porcentaje del salario mínimo y su valor total para 2026, con base en criterios económicos verificables.


Mientras ese nuevo decreto no sea publicado, el valor del salario mínimo fijado en diciembre sigue vigente para el pago de salarios y obligaciones laborales. Esto significa que quienes han recibido ya el salario con el incremento aplican esos valores y no deberán devolverse posteriormente.



Las 11 órdenes del Consejo de Estado


En el auto de la medida cautelar, el Consejo de Estado estableció once directrices que deben cumplirse mientras se resuelve el proceso de fondo. Entre las principales están:


  1. El Gobierno debe publicar un decreto transitorio en 8 días para fijar el salario mínimo de 2026 con criterios técnicos ajustados a la inflación y productividad.

  2. Se debe explicar con claridad cómo se valoran cuantitativa y cualitativamente cada uno de los criterios legales aplicados.

  3. El acto administrativo debe detallar el razonamiento y operación aritmética usada para definir el aumento.

  4. El documento debe incluir un análisis del impacto económico y del contexto en que se toma la medida, con datos oficiales.

  5. Cualquier cifra usada como parámetro debe estar sustentada en reportes oficiales y jurídicamente válidos.

  6. La suspensión del decreto solo empezará a regir efectivamente una vez sea publicado el nuevo decreto transitorio.

  7. Las entidades responsables deben enviar el nuevo decreto al despacho ponente del Consejo de Estado.

  8. Todos los documentos del proceso deben ser ingresados en el sistema judicial correspondiente.

  9. El incumplimiento de las órdenes podría derivar en sanciones legales o disciplinarias.

  10. El tribunal reconoció las personerías jurídicas de las entidades demandadas.

  11. Se determinó abstenerse de ordenar pruebas adicionales solicitadas por algunos demandantes.(Resumen basado en el auto judicial del Consejo de Estado) 


Reacciones y contexto


La decisión ha generado debate político y económico en Colombia. Autoridades del Gobierno afirmaron que acatarán el fallo y analizarán el auto para presentar los argumentos necesarios que sustenten técnicamente la cifra originalmente decretada.


Sectores políticos y sociales han reaccionado de diversas maneras, señalando tanto la necesidad de proteger a los trabajadores como la importancia de asegurar que la fijación del salario se haga con criterios técnicos sólidos.


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